17 de junio de 2013

Labiatae: Thymus baeticus


Thymus baeticus Boiss. ex Lacaita (1930)


Sinónimos:
Thymus hirtus var capitatus Boiss. (1841)
Thymus hirtus var erianthus Boiss. (1841)
Thymus zygis var capitatus (Boiss.) Pau (1925)
Thymus zygis var baeticus (Boiss. ex Lacaita) Malag. (1974)

Nombres vernáculos:
(cast.) Tomillo, Tomillo basto, Tomillo limonero

Familia:
LABIATAE – Labiadas


Floración: Marzo a Julio
Ecología: Matorrales claros, tomillares, espartizales, romerales, claros de encinar o alcornocal. Indiferente edáfica, prefiere las calizas, dolomías o yesos, aunque no elude las areniscas, pizarras o esquistos . Se desarrolla sobre suelos arenosos, pedregosos e incluso rocosos, en lugares secos, no excesivamente fríos y soleados.
Rango altitudinal: 0 – 1.750 m.
Distribución: Endemismo ibérico disperso por amplias zonas del S y SE de la Península Ibérica (Al, Ca, Gr, J, Ma, Mu).


Observaciones: Ha sido usada como medicinal empleándose en infusión contra catarros, también es una reputada especie condimentaria, usándose principalmente como aderezo en asados de pollo.
Se trata de un taxon de morfología muy variable. A cierta altitud, o en zonas venteadas, es frecuente encontrar formas decumbentes, que ya fueron indicadas por Boissier. Ciertas poblaciones de Sierra Bermeja presentan una inflorescencia muy alargada. Se hibrida fácilmente con Thymus mastichina o con Thymus zygis subsp gracilis originando poblaciones de individuos intermedios y muy variables.
(Flora Ibérica Vol XII, Pg. 382-384).


En algunas regiones está regulado por ley su aprovechamiento con fines comerciales.
-       Andalucía según Orden de 2 de junio de 1997 por la que se regula la recolección de ciertas especies vegetales en los terrenos forestales de propiedad privada en la Comunidad Autónoma de Andalucía (B.O.J.A. núm 71, de 21 de junio de 1997), dentro de la categoría de Taxon de aprovechamiento regulado en terrenos forestales privados.
-       Murcia según Decreto 50/2003 de 30 de mayo por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia y se dictan normas para el aprovechamiento de diversas especies forestales (B.O.R.M. núm 131, de 10 de junio de 2003), dentro de la categoría de Taxon de aprovechamiento regulado.
También la podemos encontrar en las siguientes Listas y Libros Rojos:
-       Listado de plantas endémicas, raras o amenazadas de España – Taxon no amenazado.

Procedencia de las fotografías:
Sierra Bermeja (Ma) [1, 2, 3, 4 & 5]



No hay comentarios:

Publicar un comentario