8 de agosto de 2018

Gentianaceae: Gentiana cruciata

Gentiana cruciata
L. (1753)



Sinónimos
Gentiana asclepiadea sensu Willk. in Willk. & Lange (1870) non L.
Gentiana cruciata subsp. cruciata L. (1753)
Tretorhiza cruciata (L.) Delarbre (1800)

Nombres vernáculos
(cas.) cruciata, crujía, hierba en cruz
(cat.) cruciada, cruciata
(fra.) gentiane croisette
(ing.) cross gentian
(ita.) genziana minore

Familia
GENTIANACEAE – Gencianáceas


Color de la Flor: azul, con la garganta blanca y el tubo también blanco punteado de azul.
Floración: Julio a Septiembre.
Ecología: Se cría en los pastizales frescos y húmedos que se forman en los claros forestales (pinares de pino silvestre o negro), entre los herbazales que bordean los setos o en los prados más o menos húmedos de media y alta montaña. Se desarrolla sobre substratos calcáreos, en lugares de suelos pobres en nutrientes y materia orgánica, de textura arcillosa o pedregosa, principalmente en exposiciones soleadas o de media sombra. Suele ocupar los pisos bioclimáticos del montano al subalpino y del supramediterráneo al oromediterráneo.
Rango altitudinal: 800 – 2.000 m.
Distribución:  Paleotemplada (quizás Eurosiberiana). Extendido por gran parte de Europa y Siberia occidental, hasta alcanzar el N de Asia menor.
En la Península Ibérica aparece hacia el cuadrante NE en áreas montañosas del Pirineo, Prepirineo, Sistema Ibérico y puntos del Maestrazgo).




Etimología: El nombre específico cruciata, deriva del latín medieval cruciatus –a, -um = en cruz, con figura de cruz, haciendo referencia a la disposición de sus hojas, en cruz.
Observaciones: Algunos autores reconocen una subsp. phlogifolia (Schott & Kotschy) Tutin (1971), de distribución oriental. Sin embargo otros autores consideran que los caracteres diferenciales que separan ambas sub especies entrarían dentro de la misma variabilidad de la especie y, por lo tanto, ambas corresponderían a una misma especie.
Etinobotánica: Algunos herboristas antiguos usaban su blanca raíz, amarguísima al gusto, para combatir la peste o contra la ponzoña inoculada por la mordedura de animales venenosos.
Legislación: En algunos territorios ibéricos se encuentra legalmente protegido según los siguientes criterios:
-   Castilla-La Mancha; según Decreto 200/2001 de 6 de noviembre de 2001, por el que se modifica el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (D.O.C.M. núm. 119, 13 de noviembre de 2001); dentro de la categoría: Taxon Vulnerable.
-   Castilla y León; según Decreto 63/2007 de 14 de junio de 2007, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora (B.O.C.yL. núm. 119, 20 de junio de 2007); dentro de la categoría: Taxon de atención preferente.
-   Comunidad Valenciana; según Orden 6/2013 de 25 de marzo de 2013, por la que se modifican los listados valencianos de especies protegidas de flora y fauna (D.O.C.V. núm. 6996, 4 de abril de 2013); dentro de la categoría: Taxon Vigilado.
Se encuentra citado en los siguientes Libros y Listas Rojas:
-   Flora endémica, rara o amenzada de la Comunidad Valenciana: Taxon Vulnerable.
  

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