Hypericum caprifolium
Boiss. (1838)
Sinónimos
Hypericum caprifolium var. albidulum Caball. (1944)
Hypericum caprifolium var.
oblongifolium Sennen & Pau (1911)
Nombres vernáculos
(cast.) Hipericon; Pericón; Pericón punteado
(cat.) Hipèric caprifoli; Pericó de riu
Familia
GUTTIFERAE – Gutíferas
Color de la
flor: Amarillo.
Floración: Mayo
a Agosto.
Ecología: Comunidades
higrófilas. Se cría en los herbazales húmedos que se forman en los bordes de
acequias, en los rezumaderos, cerca de manantiales o entre los juncales. Se
desarrolla sobre substrato calizo, en lugares de suelos muy húmedos, arenosos o
guijarrosos, también entre los goteos que se forman en las tobas calcáreas y en
general en enclaves frescos con humedad ambiental y edáfica; en exposiciones de
soleadas a sombreadas.
Rango
altitudinal: 300 – 1.600 m.
Distribución: Endemismo
Ibero·levantino. Disperso por la
mitad oriental de la Península Ibérica (falta en zonas costeras del País Vasco
y gran parte de Cataluña).
Etimología: El
nombre genérico Hypericum procede
del griego “hypér” = sobre y “eikón, -ónos” = imagen, es decir, que está
por encima de todo lo imaginable, debido a su gran reputación como planta
medicinal.
El epíteto específico caprifolium procede del latín “capra,
-ae” = cabra; “folium, -ii” = hoja
y, podría tener relación con el parecido que tienen las hojas con la forma y
disposición de las hojas de la madreselva (Lonicera sp.), que en la época romana era conocida con el nombre
de caprifolium.
Etnobotánica: En general todas las especies de género Hypericum presentan propiedades sanatórias, aunque la especie
más ampliamente empleada sea Hypericum perforatum L. (1753).
En la composición química de
todos los hipéricos intervienen:
-
Aceites como el
cariofileno, cineol o pineno.
-
Ácidos como el ascórbico
(vitamina C), esteárico y palmítico.
-
Principios activos como
hipericina, hiperforina, limoneno, quercetina, rutina.
Legislación: En algunas comunidades españolas, esta especie está protegida
según los siguientes criterios:
-
Castilla y León; según Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida
de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora
(B.O.C.yL., núm. 119, 20 de junio de 2007); dentro de la categoría: Taxon de atención preferente.
-
Navarra; según Decreto Foral 97/1997, de 7 de abril, por el que se crea el Catálogo de la Flora
Amenazada de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora
silvestre amenazada (B.O.N., núm. 47, 18 de abril de 1997); dentro de la categoría: Taxon Vulnerable.
Se encuentra citada en las
siguientes Listas y Libros Rojos:
-
Listado de plantas
endémicas, raras o amenazadas de España, taxon no amenazado.
-
Llibre Vermell de
les plantes vasculars endèmiques i amenaçades de Catalunya, taxon casi
amenazado.
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