Swertia perennis
L. (1753)
Sinónimos
Gentiana palustris All. (1783)
Gentiana swertia E.H.L. Krause (1903)
Swertia alpestris Fuss (1846)
Swertia obtusa Ledeb. (1815)
Swertia perennis subsp. alpestris (Fuss) Simonk (1846)
Swertia punctata Baumg. (1816)
Nombres vernáculos
(cat.) Eswèrtia
(fr.) Swertie pérenne; Swertie vivace
(ing.) Marsh felwort
(it.) Genzianella stellata
Familia
GENTIANACEAE – Gencianáceas
Color de la
flor: Azul obscuro o más o menos violáceo, más oscuro hacia
el ápice, el tubo es blanquecino y la base verdosa. A veces se presentan flores
con manchas o líneas más obscuras o más raramente blancas.
Floración: Junio
a Septiembre.
Ecología: Vegetación
de pastizales y prados higroturbosos junto a cursos de agua, márgenes de
arroyos y bordes de lagunas, turberas y cenagales. Se desarrolla sobre
substratos básicos o ligeramente ácidos, en lugares de suelos pobres en
nitrógeno, ricos en materia orgánica y saturados de agua; principalmente en
posiciones soleadas.
Rango
altitudinal: 1.100 – 2.400 m.
Distribución: Holártica. Disperso por el N de Eurasia, Norteamérica y
sistemas montañosos del C y S de Europa.
En la Península Ibérica
aparece principalmente en Pirineos y la Cordillera Cantábrica, aparece de forma
relicta en Ayllón y Sierras de Albarracín y Zafrilla.
Etimología: Swertia, -iae es
un género de las gencianáceas creado por Linneo en 1737 en homenaje a Emanuelis
Sweerti (1552-1612), jardinero y muy
conocido autor holandés.
Por su parte el epíteto
específico perénnis, proviene del
latín perennis, -e = que dura todo el año,
perenne, duradero, perpétuo. En botánica se refiere a vegetales que
vive tres años o más. Referido a las hojas, indica que éstas se mantienen sobre
la planta más de dos años.
Observaciones: Su
aislamiento en las zonas de alta montaña y la exclusividad de su hábitat, hace
que esta especie se encuentre protegida legalmente en:
-
Castilla-La
Mancha, según Decreto
200/2001, de 6 de noviembre por el
que se modifica el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (D.O.C.M. núm.
119, de 13 de noviembre de 2001)
dentro de la categoría de Taxon vulnerable.
-
Castilla y León, según Decreto 63/2007, de 14 de junio por el que se crea el Catálogo de Flora Protegida de
Castilla y León y la figura de protección denominada Microreserva de Flora (B.O.C.yL.
núm 119, de 20 de junio de 2007)
dentro de la categoría de Taxon de atención preferente.
-
Navarra, según Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril por el que se crea el Catálogo de la Flora Amenazada
de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre
catalogada (B.O.N. núm. 47 de 18 de abril de 1997) dentro de la categoría de Taxon Vulnerable.
Así mismo se puede encontrar
citado en los siguientes Libros y Listas Rojas:
-
Lista Roja de la
Flora Vascular Cántabra – Taxon vulnerable.
Es maravillosa y como siempre buenísima información. Gracias por compartir y un saludo desde Plantukis
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